Informamos a nuestros comerciantes que el pasado 24 de diciembre se publicó en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) la ORDEN de 22 de diciembre de 2021, por la que se establecen medidas excepcionales de control de la situación sanitaria de las personas que accedan a determinados establecimientos, instalaciones o actividades considerados de riesgo para la transmisión de la COVID-19, para frenar su propagación, que aclara qué establecimientos y actividades deben exigir el CERTIFICADO COVID OBLIGATORIO y cuáles pueden acogerse a la exigencia del CERTIFICADO COVID VOLUNTARIO.
Las medidas sanitarias propuestas por el Gobierno de Canarias quedaron ratificadas por parte del Tribunal Superior de Justicia de Canarias por un periodo de un mes desde su publicación en el BOC.
Con la entrada en vigor del certificado obligatorio, los establecimientos y actividades de las islas en niveles 3 y 4, incluidos en la Orden departamental de 22 de diciembre, no podrán beneficiarse de aplicar medidas del nivel inferior como venía sucediendo cuando el uso del certificado COVID se mantenía como voluntario.